Escrito en NACIONAL el 27/11/2024 · 23:50 hs El Pleno del Senado de la República aprobó la noche de este miércoles, en lo general y particular, el proyecto por el que se amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Con un total de 93 votos a favor y 35 en contra fue aprobado el dictamen por el que se reforma el artículo 19 de la Constitución, en materia de prisión preventiva oficiosa. Tras su aprobación, el proyecto será enviado a las legislaturas estatales para su discusión y votación, donde requiere de al menos 17 Congresos locales para su validación oficial. ¿En qué consiste la reforma sobre prisión preventiva? El proyecto discutido y aprobado en la Cámara Alta forma parte del paquete de reformas enviado por el expresidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), mismo que expande el catálogo de delitos que ameritan prisión automática durante el proceso penal. De esta forma, un juez podrá ordenar la prisión preventiva oficiosa en los siguientes delitos: extorsión, tráfico de fentanilo y emisión de facturas falsas. En el caso del fentanilo, aplica la «preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportamiento, almacenamiento y distribución». Actualmente, el artículo 19 constitucional únicamente incluye dentro de la prisión preventiva delitos como abuso o violencia sexual, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, secuestro, trata de personas, uso de programas sociales con fines electorales, enriquecimiento ilícito, delitos en materia hidrocarburos, desaparición forzada, entre otras. Con la aprobación en el Senado de la República se extendió el número de delitos; sin embargo, fueron excluidos de la lista los delitos de defraudación fiscal y narcomenudeo. Navegación de entradas Universidad del Ejército Mexicano abre convocatoria 2025: requisitos y fechas claves del registro Fracasa recolección de firmas para consulta sobre elección judicial: buscan que sea en 2026